Importante iniciativa internacional sobre las deudas públicas

Desde 2007, la cantidad mundial de las deudas públicas más que se duplicó, pasando de 28.7 billones de dólares a casi 61 billones. En el mismo período, la deuda de EUA se triplicó, representando actualmente cerca de una tercera parte de este total. Cada ciudadano estadounidense carga sobre sus hombros más de 60 mil dólares de deuda federal, récord mundial. Recuérdese que la deuda italiana es de casi 38 mil euros per cápita.

El crecimiento de la deuda global es uno de los factores más peligrosos que amenaza deflagrar una mega-crisis sistémica.

Sin embargo, por el momento, son los países más pobre y los empobrecidos o en riesgo de incumplimiento, los que corren los mayores riesgos de ser alcanzados. Hasta ahora, los poderosos de la Tierra, aunque sean, en verdad, los más endeudados, han tenido la osadía y los medios de transferir la cuenta hacia otros.

El problema es tan serio que la Santa Sede, y no los gobiernos, se encargó de llevar a las Naciones Unidas, la cuestión de la legitimidad de las deudas públicas –iniciativa que, ciertamente, tiene la huella del Papa Francisco.

El objetivo, como nos recuerda el profesor Raffaele Coppola, director el Centro de Investigaciones Renato Beccari de la Universidad de Bari y uno de los coordinadores de la iniciativa, es lograr que la Asamblea General de Naciones Unidas se pronuncie favorablemente para legitimar la petición de un parecer a la Corte Internacional de Justicia de La Haya sobre la gestión de la deuda internacional, para verificar eventuales violaciones a los derechos humanos y de los pueblos.

La iniciativa es de lo más oportuno, para un discernimiento a profundidad sobre los fundamentos jurídicos y éticos de la cuestión de la deuda. Definitivamente, esta no puede seguir siendo una carga insustentable para las sociedades, ni tampoco un freno al desarrollo y una limitación de la independencia y la soberanía de los Estados.

Muchos juristas de diversos pensamientos han reflexionado sobre el problema del pago de la deuda de los países pobres y el estado de fuerza mayor y de la necesidad a que son sometidos. Para el estado de fuerza mayor, el no pago depende de un evento incontrolable por parte del Estado. Sin embargo, el estado de necesidad justificaría el incumplimiento, cuando el pago fuera muy oneroso para la ciudadanía. ¿Quién puede pensar en dejar al pueblo pasar hambre para pagar a cualquier costo los intereses de la deuda?

El trámite de la iniciativa en la ONU constituiría un precedente legal sobre un tema crucial en torno a los efectos de la globalización, en particular, las relaciones entre los países ricos y pobres. Así, los efectos perjudiciales de la financierización y de la desregulación de la economía no podrán ser ignorados.

La propuesta de la Santa Sede se basa en un importante precedente. La Resolución 69/319 de la Naciones Unidas, de 2015, sobre los llamados “fondos buitres”, aquellos fondos “hedge” que operan de manera agresiva, comprando a precios de banana títulos de la deuda de países en crisis, para lucrar con su valorización posterior, en costosos y ruidosos procesos judiciales. Innecesario mencionar que la resolución fue aprobada con el voto contrario de Estados Unidos.

Los valores hechos explícitos en la propuesta están inspirados en la Carta de Santa Ágata de Goti, de 1997, en la cual juristas, líderes religiosos, intelectuales y legos de diversa áreas enlistaron una serie de principios jurídicos para regular la cuestión de la deuda. En particular se destaca la “prohibición de acuerdos usureros”, el “respeto a la autodeterminación de los pueblos” y la prohibición de “cargos excesivos sobre las deudas”.

En torno a la iniciativa del Vaticano, se está tejiendo una amplia red de alianzas, aprovechándose del hecho de que la Santa Sede tiene el estatuto de observador en la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Este es un papel que Italia puede y debe asumir y, aparentemente, ya existe un acuerdo de principios con el gobierno italiano.

Recuérdese que Italia ya tuvo un meritorio papel en 2000, cuando el Parlamento aprobó la Ley 209 sobre “Medidas para reducir la deuda externa de los países de ingresos más bajos y más endeudados”. Esta significativa medida se dio en la estela de la iniciativa del Jubileo promovida por el papa Juan Pablo II, durante la cual se lanzó la campaña para la reducción de la deuda de los países pobres.

El artículo séptimo de la ley afirma. “El Gobierno, en el ámbito de las instituciones internacionales competentes, propone el inicio de los procedimientos necesarios para la petición de un parecer a la Corte Internacional de Justicia sobre la coherencia entre las normas internacionales que rigen la deuda externa de los países en desarrollo y los principios generales del Derecho y de los derechos humanos de los pueblos”. Se trata, exactamente, del mismo objetivo de la Santa Sede.

En lo que dice respecto a Italia, no solo en cuanto al respeto hacia su propia ley, sino, también, hacia su sensibilidad indiscutible para los problemas de los países en desarrollo, el país puede realmente desempeñar un papel decisivo, a partir de la próxima cumbre del G-7 en Taomina (Sicilia, 26-28 de mayo).

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